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TEPJF prevé confirmar multa millonaria a Morena por irregularidades en elección interna de Sheinbaum

El INE determinó aplicar cuatro multas a Morena, que suman más de 60 millones de pesos, por no reportar gastos por eventos, propaganda, transporte y erogaciones menores.


Un magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) propondrá confirmar diversas multas que suman más de 60 millones de pesos que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso a Morena por irregularidades en los gastos del proceso interno para elegir a su candidato presidencial.


El magistrado Felipe de la Mata Pizaña presentará su proyecto el próximo 17 de enero al Pleno de la Sala Superior en el que propondrá que los argumentos de Morena contra la multa impuesta por el INE el 15 de diciembre pasado son infundados e inoperantes.


La millonaria multa derivó de diversas inconsistencias detectadas por el INE en el informe de ingresos y gastos de Morena en su proceso para elegir la Coordinación Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, en el que Claudia Sheinbaum resultó electa y ahora buscará obtener la candidatura a la Presidencia de la República.


En dicho proceso participó el excanciller Marcelo Ebrard; el senador Ricardo Monreal; el exsecretario de Gobernación Adán Augusto López; el exgobernador de Chiapas Manuel Velasco y el diputado federal Gerardo Fernández Noroña.


Al fiscalizar los gastos realizados por Morena, el INE determinó multar al partido por no reportar gastos por eventos, propaganda, transporte y erogaciones menores.


En total fueron impuestas cuatro multas por 20 millones 269 mil 634.42 pesos; 37 millones 409 mil 282.18 pesos; 1 millón 82 mil 166.80 pesos y 2 millones 769 mil 66.39 pesos, que suman un total de 61 millones 530 mil 149.77 pesos.


Para avalar el proyecto, el magistrado sólo requiere de dos votos adicionales al de él durante la sesión de este miércoles.


Al impugnar las multas, Morena señaló que el INE aplicó una matriz de precios sin actualizar, realizó prácticas dilatorias, aplicó retroactivamente lineamientos, entre otros argumentos.


El proyecto del magistrado De la Mata señala que ante lo extraordinario de los procesos internos de los partidos políticos, fue correcto que el INE usara la lista de precios del último proceso electoral federal 2020-2021 para calcular el valor de los gastos no reportados.


Además que esa lista de precios fue actualizada en relación con el Índice Nacional de Precios al Consumidor.


Sobre las prácticas dilatorias Morena señaló que ante el sobreabundante número de observaciones que le fueron formuladas por el INE, el partido vio rebasada su capacidad de respuesta y con ello el organismo entorpeció su defensa.


“Esta Sala Superior considera inoperante el agravio porque es una manifestación genérica que no explica en qué medida la investigación de la autoridad constituyó una práctica dilatoria que afectó al partido político en su garantía de audiencia”, señala el documento que será presentado por el magistrado.


Esto, debido a que señaló que las observaciones del INE fueron realizadas antes de imponer alguna sanción a Morena.


El partido señaló que los lineamientos de fiscalización establecen que el periodo para realizar estas revisiones inicia con el acuerdo o convocatoria del proceso interno, pero que para ese momento los lineamientos todavía no entraban en vigor, por lo que el INE le aplicó reglas de fiscalización de manera retroactiva.


El magistrado destacó en su proyecto que anteriormente la Sala Superior estableció un criterio que indica que el periodo por fiscalizar sería por la temporalidad del proceso interno según la convocatoria y por ello, el informe de Morena comprende todo lo gastado desde el inicio del proceso hasta su conclusión.


Y que el hecho de que se emitieran normas para fiscalizar el proceso interno de Morena no significa que se le apliquen normas nuevas porque los partidos políticos siempre han tenido la obligación de reportar todos sus ingresos y gastos.


Sobre la colocación de espectaculares, pintas y realización de eventos, Morena indicó que las sanciones que le fueron impuestas fueron ilegales porque estos no estaban relacionados directamente con su proceso interno.


Pero el magistrado consideró que el INE sí explicó las razones por las que consideró que la difusión de la imagen, nombre, lema o emblema de los participantes en el proceso sí generaron beneficios que debían ser contabilizados.

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