top of page
Buscar

Pide CNDH al IMSS reparar daño por muerte de mujer tras parto en Jalisco

Luego de comprobar “omisiones, falta de vigilancia y retraso injustificado” en la atención, diagnóstico y tratamiento de una mujer embarazada que dio a luz el 1 de febrero de 2020 mediante cesárea y que falleció el 6 del mismo mes y año por paro cardiorrespiratorio, atribuibles a 11 personas servidoras públicas de tres hospitales en Jalisco, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

 

Pidió al IMSS que repare el daño ocasionado e impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos a las personas derechohabientes y en la aplicación de diversas normas.

 

En la Recomendación, precisó que el personal responsable laboraba en la Unidad de Medicina Familiar número 53 (UMF-53), el Hospital General Regional número 45 (HGR-45) y la Unidad Médica de Alta Especialidad del Hospital de Gineco-Obstetricia del Centro Médico Nacional Occidente número 176 (UMAE CMNO-176), todas ellas en Guadalajara.

 

La CNDH expuso que el 29 de enero de 2020, con más de ocho meses de gestación, la víctima acudió a la UMF-53 para revisión en los servicios de Gastroenterología y Angiología; sin embargo, sólo recibió atención en ésta última.

 

No obstante, el médico gastroenterólogo, sin haber realizado la revisión de la paciente, ordenó su hospitalización bajo el argumento de que debían interrumpir su embarazo para evitar complicaciones, practicándole una cesárea el 1 de febrero de 2020.

 

El 3 de febrero, la víctima presentó malestares y fue trasladada al área de Terapia Intensiva, de donde fue dada de alta. Para el 5 de febrero la mujer regresó con nuevos malestares y fue llevada al área de Urgencias de Ginecobstetricia en la UMAE CMNO-176, donde falleció.

 

La CNDH precisó que el IMSS informó que el caso fue sometido a consideración de la Comisión Bipartita del Consejo Técnico del instituto, la cual, el 25 de abril del 2022, resolvió la queja como improcedente, al establecer que el fallecimiento no guarda relación con la atención obstétrica sino con complicaciones gastro-digestivas.

Комментарии

Не удалось загрузить комментарии
Похоже, возникла техническая проблема. Заново подключитесь к интернету или обновите страницу.
bottom of page